Principios de actuación de los proveedores

1. INTRODUCCIÓN

Grupo CACAOLAT, S.L. (en adelante “la Compañía”) comprometida con el cumplimiento de la legalidad en todos sus ámbitos de actuación, cuenta con un Código de Conducta en el que se establecen un conjunto de principios y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento íntegro, profesional y con vocación de servicio de todos sus colaboradores en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones e interacciones con los demás colaboradores, los clientes, los proveedores, los competidores en el mercado, las Administraciones Públicas y el entorno en general.

En este sentido, la Compañía es consciente de la importancia de que sus proveedores (en adelante “Proveedor” o “Proveedores”) estén comprometidos con los principios de integridad, profesionalidad y vocación de servicio, según se recoge en el presente documento.

2. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN

2.1 Cumplimiento de la legalidad vigente

La Compañía desarrolla su actividad con estricto cumplimiento de la legalidad vigente y observando las normas y principios establecidos en su Código de Conducta.

Del mismo modo, todo Proveedor debe comprometerse con cumplir con la legalidad vigente y observar las normas y principios contenidos en este documento.

2.2 Integridad y honestidad

La Compañía no acepta ninguna forma de corrupción, extorsión o apropiación indebida. Los Proveedores de la Compañía, en sus relaciones con la misma, no podrán directamente o a través de persona interpuesta, prometer, ofrecer o conceder ni solicitar o aceptar ventajas, comisiones, sobornos o regalos de cualquier naturaleza no justificada, que tengan por objeto un beneficio para la Compañía o para sí mismos.

Los actos de soborno, expresamente prohibidos, incluyen el ofrecimiento o promesa, directa o indirecta de cualquier tipo de ventaja impropia, cualquier instrumento para su encubrimiento, así como el tráfico de influencias.

Los Proveedores no podrán dar ni aceptar hospitalidades que influyan, puedan influir o se puedan interpretar como influencia en la toma de decisiones de los colaboradores de la Compañía.

2.3 Respeto a las personas

La Compañía respeta los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las declaraciones de la Organización Internacional del Trabajo, y está comprometida con la no discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, discapacidad, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de sus colaboradores, así como la igualdad de oportunidades entre ellos.

En particular, los Proveedores deben reconocer los derechos de sus colaboradores y tratarlos con dignidad y respeto, comprometiéndose a:

 – No usar ni tolerar el uso de niños, trabajos forzados, obligados o no declarados;

– No implementar ni tolerar ninguna forma de discriminación basada en la nacionalidad, género, orígenes étnicos y raciales, creencias religiosas, opiniones políticas, edad, sexualidad, discapacidad o salud para las políticas de selección;

– Evitar cualquier tipo de discriminación (prejuicio, acoso, mobbing) y facilitar un trato respetuoso;

– Rechazar cualquier manifestación de violencia, acoso físico, sexual, psicológico, moral u otros, de abuso de autoridad en el trabajo y cualesquiera otras conductas intimidatorias u ofensivas para los derechos de las personas; – Conceder a los trabajadores el derecho a constituir y unirse a patronales y sindicatos de su elección; y

– Garantizar un ambiente de trabajo seguro y saludable y adoptar las medidas adecuadas para prevenir cualquier accidente o daño contra la salud de los trabajadores.

En este sentido se espera que los Proveedores, tanto entre sus colaboradores como en sus relaciones con la Compañía, respeten dichos principios y tomen las medidas necesarias para garantizarlos y fomentarlos.

2.4 Transparencia e imparcialidad

Los Proveedores se seleccionan a través de criterios de objetividad e imparcialidad, evitando cualquier conflicto de interés, influencia o favoritismo en su selección.

2.5 Prevención de conflictos de interés

Las relaciones entre la Compañía y sus Proveedores se rigen por criterios objetivos, evitando cualquier conflicto de interés, influencia o favoritismo. Los Proveedores evitarán situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre sus intereses personales o los de sus trabajadores y los de los colaboradores de la Compañía. Los proveedores no ofrecerán ningún tipo de dádiva, merced, regalo, beneficio o ventaja, en metálico o en especie, a ningún empleado de la compañía.

2.6 Mercado y competidores

La Compañía respeta las reglas del derecho de la competencia, promoviendo la competencia leal en el mercado. La Compañía se compromete a competir en los mercados de forma leal y no realizar publicidad engañosa o denigratoria de su competencia o de terceros ni a hacer alegaciones falsas o con características inciertas sobre sus productos o servicios.

Asimismo, los Proveedores deben respetar las reglas del derecho de la competencia y especialmente, abstenerse de participar en acuerdos o cualquier práctica desleal que pueda dificultar o impedir el libre ejercicio de la competencia. En concreto, todos los Proveedores deben evitar participar en acuerdos de fijación de precios, acuerdos para controlar la producción o cuotas de ventas y en general, cualquier práctica injusta que afecte el ejercicio de la libre competencia.

2.7 Administración Pública

Las relaciones de la Compañía con las Administraciones Públicas y autoridades se plantearán bajo el principio de máxima transparencia y prohíbe la realización de prácticas que puedan considerarse irregulares.

Los Proveedores deben asumir este mismo compromiso como propio en el ejercicio de su actividad.

2.8 Prevención del blanqueo de capitales y el control de pagos

La Compañía está comprometida con la prevención del blanqueo de capitales y de irregularidades en los pagos realizados por y a terceros, y en concreto, evitando aquellas actuaciones que puedan considerarse irregulares en sus relaciones con clientes, proveedores, competidores y autoridades.

En esta misma línea, la Compañía espera de sus Proveedores que tomen las medidas necesarias para la prevención del blanqueo de capitales y de irregularidades en los pagos.

2.9 Confidencialidad y protección de datos de carácter personal

La Compañía mantiene la confidencialidad de la información concerniente a su relación comercial con los Proveedores. En este sentido cualquier información divulgada por la Compañía a los Proveedores deberá considerarse confidencial quedando totalmente prohibido su divulgación a terceros.

La Compañía se compromete a no divulgar datos de carácter personal de los Proveedores, salvo consentimiento de los interesados y en los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas. Asimismo, se compromete a cumplir con lo establecido en la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal en materia de medidas de seguridad.

En este mismo sentido, se espera de los Proveedores que se comprometan a no divulgar datos de carácter personal tanto de sus empleados como de los colaboradores con los que colabora y a cumplir con las medidas de seguridad exigidas por la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, aplicable en cada momento.

2.10 Seguridad en el trabajo

Los Proveedores deben cumplir y conocer las normas relativas a seguridad y salud en el trabajo que les afecten y las de la Compañía cuando accedan a sus instalaciones, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales, y velar por la seguridad propia y la de cualquier persona que pudiera verse afectada en el desarrollo de sus actividades.

2.11 Protección del medioambiente

La Compañía desarrolla su actividad desde el respeto y preservación del medio ambiente, cumpliendo los estándares establecidos en la normativa medioambiental que sea de aplicación y minimizando el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente.

A su vez, los Proveedores de la Compañía deben cumplir los estándares establecidos en la normativa medioambiental que sea de aplicación y minimizar el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente.

2.12 Propiedad Intelectual e Industrial

La Compañía está comprometida con la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y ajena que incluye, entre otros, derechos de patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción, software y diseños.

En este sentido, se espera de los Proveedores este mismo compromiso de respeto de la propiedad intelectual e industrial de terceros para evitar infringir sus derechos, así como, el cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales vigentes en relación con la propiedad intelectual e industrial.

2.13 Comunicación de incidencias

La Compañía ha implementado un canal de comunicación puesto a disposición de todos los proveedores por medio del cual deben informar de conductas que puedan implicar la comisión de alguna irregularidad, de algún acto contrario a la Ley o contrario a los presentes principios de actuación en sus relaciones con la Compañía.

3. ALCANCE

El presente documento es de obligado cumplimiento para todos los Proveedores de la Compañía y se entiende sin perjuicio de las obligaciones adicionales que puedan establecerse en la legislación aplicable y en el correspondiente contrato con cada Proveedor.

Los Proveedores se comprometen a informar a sus colaboradores, en general, sobre el contenido del presente documento.

El incumplimiento de cualquier de las obligaciones asumidas por los Proveedores en este documento será causa justificada para la exclusión del Proveedor en cuestión de los procesos de contratación, así como para resolver cualquier relación contractual en vigor con la Compañía.